Reforma vs. la Paz firme y duradera

Mauricio Diaz
Diputado ante el Parlamento Centroamericano (Parlacen). Pensador humanista nicaragüense

La reforma a la Constitución de Nicaragua afecta el proceso de consecución de la “paz firme y duradera” que desde la firma de Esquipulas I y II se viene desarrollando en Centroamérica. Afecta el andamiaje legal y político del sistema de la integración en nuestra región, cuya esencia suprema es la democracia, entendida como la supremacía de lo civil sobre lo militar y la renovación periódica del poder mediante elecciones libres.

Los mandatarios suscriptores de Esquipulas II, incluyendo al actual presidente de Nicaragua, reconocieron que para conseguir la paz era necesaria la democracia y el respeto irrestricto de los derechos humanos de los centroamericanos. Luego en el Protocolo de Tegucigalpa en el Artículo 3 se consagró “la realización de la integración de Centroamérica para constituirla como región de paz, libertad, democracia y desarrollo” para lo que consolidar la democracia y fortalecer sus instituciones sobre la base de gobiernos electos por sufragio universal, libre y secreto y del irrestricto respeto a los derechos humanos, es un deber inexcusable, político y moral de los gobernantes de la región.

Nuestros países son signatarios de la Carta constitutiva de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y de su Carta Democrática Interamericana que establecen principios universales en materia de libertades, derechos y deberes de los Estados parte. El Artículo 1 reza que: los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla. La democracia es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas.

El Artículo 2 establece que el ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del Estado de Derecho y los regímenes constitucionales de los Estados miembros de la OEA. La democracia representativa se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional.

El Artículo 3 define los elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de Derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos.

El Artículo 4 establece como componentes fundamentales del ejercicio de la democracia la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa.

La subordinación constitucional de todas las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida y el respeto al Estado de Derecho de todas las entidades y sectores de la sociedad son igualmente fundamentales para la democracia.

Nuestros Estados son signatarios, además, de la Carta de las Naciones Unidas y muy especialmente de la declaración Universal de los Derechos Humanos, los que están siendo negados cuando se conculcan libertades básicas como la de manifestación pacífica, la de organización y la de renovar periódicamente a las autoridades. (Los centroamericanos no otorgamos mandatos a perpetuidad a nadie).

Con esta pretendida reforma se distorsionan también aspectos medulares contenidos en el Acuerdo de Asociación con la Unión Europea en temas de buen gobierno y transparencia.

Pero todo esto es “letra muerta” para este Gobierno que ya optó por el camino de la dictadura.

Solo la resistencia pacífica, consciente y organizada será el valladar de contención de estas pretensiones.

La Prensa, 4 de diciembre de 2013 

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.